El caso de detención del presunto asesino de la niña de Huelva, Mari Luz Cortés, ha vuelto a abrir la polémica sobre los errores judiciales. Desgraciadamente no es un tema nuevo, sino algo que se viene repitiendo con excesiva frecuencia y que, a mi juicio, tiene su base en la falta de responsabilidad exigida a los jueces en la práctica por el ejercicio de su actividad.
En el tema del maltrato a las mujeres y de la violencia doméstica, se producen numerosas actuaciones polémicas de magistrados que desatienden y desestiman las denuncias interpuestas previamente, y que terminan en agresiones importantes y a veces en muerte. A título meramente ilustrativo puede recordarse el caso de Asunción Villalba, asesinada en Vitoria, en junio de 2007, por su compañero sentimental, tras tres denuncias por malos tratos que fueron desestimadas por un juez que no encontró suficiente motivo para ponerla protección. O el juez titular del Juzgado número 2 de Manresa, que en marzo del año 2000, dejó en libertad sin fianza a un hombre acusado de degollar a su mujer porque “no hay riesgo de reincidencia”. Polémica también fue la actuación del magistrado del Juzgado Penal número 22 de Barcelona, quien absolvió a un acusado de violencia domestica por el aspecto físico de la víctima durante el juicio: “vestir a la moda, con anillos, pulseras y curiosos pendientes”. Similar opinión machista mantuvo un juez de Valladolid que, en abril de 2007, archivó una denncia por malos tratos por considerar “sorprendente” que una mujer culta los soportara (la víctima era universitara).
Casos análogos se producen en el maltrato a menores; el juez de Sevilla que no ejecutó la condena de prisión contra el ahora detenido por la muerte de la niña de Huelva, ya fue sancionado en 1995 por negligencia en un caso de maltrato infantil (Ejemplarísima y dura sanción: 300 euros), pero aún está presente el caso de Alba, la niña catalana de 5 años, paradigma de la descoordinación más absoluta de todas las instituciones implicadas: previamente a su ingreso en situación crítica en el hospital, ya había 4 meses de evidencias de agresiones continuadas ante los jueces, policía y servicios sociales. Significativa es igualmente la actuación del juez sustituto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Alicante quien, en junio de 2007, apela a Dios y a la familia para anular una orden de alejamiento por maltrato a una mujer sobre la que pesaban 2 órdenes de alejamiento por maltrato a sus dos hijos menores, permitiendo que se acercará a ellos.
Se habla en la calle de la necesidad de cambiar las leyes, y en mi opinión éstas son suficientes, lo que hay que hacer es que su cunplimiento sea efectivo y las actuaciones de los jueces, si no se ajustan a derecho y producen un daño, sean sancionadas y se les exija la correspondiente responsabilidad. Y esa responsabilidad, y esas sanciones, deben de ser acorde con la intensidad del perjuicio causado por su mala praxis.









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